El deber de debatir y la libertad de decidir
El año legislativo que comienza el 1 de marzo vendrá con una novedad: por primera vez desde el inicio de la democracia se debatirá la legalización del aborto en el Congreso de la Nación. El oficialismo y la oposición adelantan posiciones sobre las modificaciones que propone la Campaña Nacional por el Derecho al Aborto Legal, Seguro y Gratuito a la actual regulación del Código Penal.

(Buenos Aires, 27 de febrero de 2018) - Si hay un derecho que ha costado conquistar, es el derecho a la autonomía reproductiva. Pasaron dos décadas desde el inicio de la democracia hasta que logró aprobarse el Programa Nacional de Procreación Responsable y, todavía pasaron algunos años más para la aprobación del Programa de Educación Sexual Integral. Educación para Decidir. Anticonceptivos para no Abortar. Dos postulados básicos, fundamentales, si de prevenir abortos y preservar la vida se trata.

Y sin embargo, las resistencias de sectores conservadores y la hipocresía generalizada de parte de la sociedad y de la clase política que prefieren no enfrentar a quienes obstaculizan los derechos, no hicieron más que afianzar las condiciones de desigualdad por las cuales casi un centenar de mujeres murió por año por las complicaciones de abortos inseguros, realizados en la clandestinidad. Aún cuando –seguramente en muchos casos- se trataba de abortos legales. Y si ese número se redujo a la mitad en los últimos años, no es porque haya menos abortos, sino porque se hacen en mejores condiciones probablemente debido a un conjunto de razones: al acceso a mejor información y medicamentos como el misoprostol, de creciente e imparable difusión gracias al trabajo pionero de iniciativas como la Línea Más Información Menos Riesgos, impulsada por la agrupación Lesbianas y Feministas por la Discriminalización del Aborto, así como el trabajo de las Socorristas que se encuentran distribuidas por todo el país, sumado al compromiso profesional y ético de los servicios de salud públicos que iniciaron desde hace años el trabajo en reducción de riesgos y daños.

Lo cierto es que desde 1921 el aborto está parcialmente despenalizado en Argentina. Desde hace casi un siglo, es legal cuando corre peligro la vida o la salud de la mujer y cuando el embarazo es resultado de una violación. No se trata solo de una disculpa al castigo previsto en el Código Penal: se trata de un derecho. En el fallo “FAL”, la Corte Suprema de Justicia de la Nación sostuvo en 2012 que las mujeres tienen derecho a interrumpir un embarazo y que el Estado (a nivel Nacional, Provincial y Municipal) tiene la obligación de garantizarlo. La Corte Suprema afirmó que no solo no se infringe la ley si se realiza un aborto en los casos previstos por el Código sino que, por el contrario, el Estado (y sus agentes) incurren en responsabilidad si no se garantizan los mecanismos para hacerlo.

Esta sentencia de nuestro máximo Tribunal en el país fue crucial para contribuir a instalar el discurso de la legalidad de los abortos. Reconocer el derecho al aborto –sostuvo la Corte- es compatible con nuestra Constitución y con los Tratados Internacionales de Derechos Humanos. No hay contradicción entre reconocer el derecho al aborto (como lo hace nuestro Código Penal) y establecer medidas para la protección de la mujer embarazada, como sostiene la Constitución Nacional.

Sin embargo, las noticias de distintos lugares del país prueban que las barreras institucionales, burocráticas e ideológicas para garantizar el acceso al aborto legal siguen vigentes debido a la falta de decisión política de autoridades sanitarias, a pesar de ciertos esfuerzos por superarlas. Las mujeres tienen un derecho que no pueden ejercer por falta de condiciones institucionales y políticas. Alcanza con revisar las estadísticas de las niñas y adolescentes abusadas, la gravísima incidencia de la maternidad adolescente y las pocas interrupciones legales de embarazos que se registran en el sistema de salud para identificar la magnitud de esas barreras. ¿Todas estas niñas y adolescentes decidieron, libremente, llevar a términos esos embarazos forzados? ¿O es que carecieron por completo del derecho a la información, el acceso a la atención adecuada de su salud integral, y la disponibilidad de la práctica de interrupción del embarazo?

El Congreso no debe debatir si el aborto se legaliza en un país donde rige una prohibición absoluta. Debe debatir si se abandona una norma exclusivamente basada en causales (las situaciones en las que el Código Penal hoy prevé el derecho al aborto por el peligro para la vida o la salud de la mujer o en casos de violación) por una norma que contemple plazos, que establecería un límite temporal -14 semanas según el proyecto que impulsa la Campaña Nacional por el Derecho al Aborto- dentro del cual no será necesario acreditar ante el sistema de salud la existencia de una de esas causales.

La diferencia es importante, y al mismo tiempo no es abismal.

Nuestro marco normativo (que la Corte como máxima intérprete de la Constitución sostuvo que es compatible con ésta y con los tratados de derechos humanos) ya admite la interrupción del embarazo. Por tanto, determinar el inicio de la vida no es relevante para este debate porque nuestro marco jurídico reconoce su protección incremental: es posible proteger la vida en gestación y al mismo tiempo permitir la interrupción de un embarazo en circunstancias en que continuarlo requerirían una conducta heroica por parte de las mujeres afectando su libertad y dignidad. Los principios constitucionales de igualdad y privacidad no autorizan imponer esas cargas a las mujeres.

Lo que debe debatir el Congreso es la eliminación de la actual necesidad de explicitar las razones para la interrupción, bajo amenaza de sanción penal. Debe decidir cambiar un modelo regulatorio de indicaciones por uno de plazos. Así, las razones íntimas que cada mujer, adolescente o niña tenga para interrumpir un embarazo no deberán someterse al escrutinio de los servicios de salud, dentro del primer trimestre.

Mejorar el acceso a la interrupción del embarazo en las primeras semanas permitiría no solo dar un paso hacia el reconocimiento de la igualdad de las mujeres respetando su autodeterminación reproductiva, sino que daría certeza al sistema de salud sobre sus obligaciones para actuar en condiciones de legalidad, confidencialidad y seguridad.

Sobre todo, significaría avanzar hacia una sociedad que no impone concepciones morales o religiosas a otras personas bajo amenaza de prisión, sino que garantiza las condiciones para elegir. Por eso, el debate del aborto debe acompañarse de la efectiva implementación de educación sexual integral, acceso a la anticoncepción y la transformación de las desigualdades estructurales que condicionan la vida de las mujeres.

Es tiempo de debatir para garantizar la libertad de decidir.


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