Tiempos para cuidar: un avance a medias
El proyecto de ley enviado por el Poder Ejecutivo al Congreso sobre igualdad en el mercado laboral y licencias presenta algunos avances, pero aún existen importantes desafíos no contemplados.
(Buenos Aires, 22 de marzo de 2018) - Tras la masiva manifestación por el Día Internacional de la Mujer Trabajadora, en la que cientos de personas salieron a las calles a reclamar, entre otras demandas, por la eliminación de la brecha salarial entre varones y mujeres, el Poder Ejecutivo Nacional envió al Congreso un proyecto sobre equidad de género e igualdad de oportunidades en el empleo. El texto aborda dos aspectos, por un lado la igualdad salarial y en el mercado de trabajo, y por otro la modificación del régimen de licencias. ELA realizamos un análisis del proyecto. A continuación, se señalan los principales avances y los desafíos pendientes.
Con respecto a la igualdad en el mercado laboral, el proyecto se enmarca en el paradigma de igualdad de oportunidades. Si bien el Estado debe proponerse generar las condiciones efectivas de igualdad de oportunidades también es fundamental lograr la igualdad en el goce efectivo de los derechos. Por otro lado, el artículo 173 establece la “paridad salarial estricta”, reiterando un principio que está contemplado en la Constitución Nacional y la Ley de Contrato de Trabajo. Sin embargo, establece en la trabajadora la responsabilidad de identificar y denunciar los incumplimientos y no contempla instancias de control y monitoreo efectivo desde el Estado.
A propósito de la modificación del régimen de licencias, entre los principales avances se encuentran: la extensión de la licencia por paternidad a 15 días; la eliminación de cláusulas sobre prohibición de trabajos "penosos" para las mujeres; la incorporación de una licencia por violencia de género; la incorporación de una licencia por fertilización asistida y de una licencia por trámites previos a la adopción. Además, a la opción de la excedencia se suma la posibilidad de retorno flexible luego de la licencia por maternidad, una alternativa similar al "soft maternity landing" en las empresas, que consiste en trabajar un menor número de horas por un período determinado.
A pesar de estos avances, el proyecto está lejos de adoptar un carácter integral sobre el derecho al cuidado. En el caso de la licencia por adopción, el período establecido (10 días) sigue siendo un plazo restringido, y acotado a los trámites previos a la adopción. Para la licencia por violencia de género podrían revisarse las condiciones (10 días corridos y la presentación de certificados de instituciones públicas), para que esta opción se adapte a las necesidades y posibilidades de las mujeres que atraviesan estas situaciones.
Otra debilidad del proyecto es que no adopta un lenguaje inclusivo. Varios artículos siguen refiriéndose a “el trabajador” incluso en el caso de la licencia por violencia de género, cuando las estadísticas muestran que son las mujeres las principales afectadas.
Además, quedan varios desafíos pendientes, entre los que se destacan la extensión de la licencia por maternidad para adecuarla a los estándares de la Organización Internacional del Trabajo (98 días-14 semanas); la incorporación de otras licencias que contemplen necesidades de cuidado más allá de los primeros meses de vida, como el permiso por adaptación escolar o por cuidado de familiar enfermo; el establecimiento de una licencia parental paga; que las licencias y la excedencia computen como tiempo de servicio que pueda ser tenido en cuenta a la hora del cálculo de los haberes jubilatorios, y que la excedencia y el regreso gradual se habilite como una opción para los varones, de modo de promover la corresponsabilidad.
Respecto de la jornada reducida posterior a la licencia de maternidad, una de las limitaciones del proyecto, es que se plantea una reducción proporcional del salario de acuerdo a las horas trabajadas, a diferencia de lo que sucede en las empresas en donde se mantiene la totalidad del salario). Por otro lado, no se establece de manera clara si la empresa garantiza el puesto de trabajo con su jornada original una vez finalizada esta opción.
Por último, otras dos limitaciones se refieren a su alcance. Por un lado, se trata de un proyecto que está centrado exclusivamente en las licencias contempladas en la Ley de Contrato de Trabajo (LCT), dejando por fuera a un importante porcentaje de la població, como quienes se desempeñan de manera autónoma, bajo el régimen del monotributo o las empleadas de casas particulares. Por otro lado el proyecto se focaliza en los tiempos para cuidar y no propone mejoras en otras dimensiones centrales para el efectivo ejercicio del derecho al cuidado, como son por ejemplo los servicios y las infraestructuras. Así, por ejemplo, el proyecto no modifica el artículo 179 bis, en el que se establecen las pautas para lactancia ni para la apertura de centros de cuidado infantil en las empresas. Algunos de los proyectos existentes en el Cogreso proponían ampliar el concepto de lactancia por alimentación y lactancia, habilitando así este tiempo no sólo para los casos de adopción, sino también para los varones; y modificar el criterio de obligatoriedda de apertura de los centros, teniendo en cuenta el número de trabajadoras, sino también de trabajadores.
Desde ELA, esperamos que todos estos aspectos puedan ser considerados en el debate legislativo para modificar el régimen de licencias y las condiciones de acceso y permanencia en el mercado laboral desde un enfoque integral, que posibilite que todas las personas accedan al derecho al cuidado.
Pueden descargar el proyecto de ley en el siguiente ícono: