Trabas al aborto no punible en Córdoba
 

En la provincia de Córdoba, ante el pedido de una agrupación antiabortista un fallo restringe el derecho de acceso al aborto no punible, disponiendo que los hospitales verifiquen si el embarazo es producto de una violación.

En la sentencia del 24 de agosto de 2012, el juez Ossola dictó sentencia respecto del amparo interpuesto por la Asociación Civil Portal de Belén contra la Resolución 93/12, incluyendo su anexo 1 "Guía de Procedimiento para la atención de pacientes que soliciten prácticas de aborto no punible, según lo establecido en el artículo 86 incisos 1º y 2° del Código Penal de la Nación". El juez hizo lugar parcialmente al reclamo y, si bien sostuvo que el fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación es constitucional, sin embargo, introdujo un nuevo requisito que constituye, claramente, una regulación excesiva en relación con lo establecido por la Corte el 13 de marzo de 2012, que consistía en la declaración jurada de la mujer de que fue víctima de una violación. Esto es así, ya que exhorta a la conformación de un Comité Interdisciplinario que tendrá a su cargo la producción de un dictamen “referido a la procedencia o no de la interrupción del embarazo en los casos de embarazos no punibles.”
En su fallo el juez Ossola fundamenta la limitación “en el altísimo valor jurídico del otro extremo del conflicto, el derecho a la vida de la persona por nacer, también de raigambre constitucional.”

 
La noticia fue dada a conocer a través de notas tanto en Página12, que abordó la misma desde una perspectiva crítica respecto de la restricción impuesta para el acceso al derecho, como en Clarín.  que tuvo una forma un poco más ambigüa de tratar el tema. Ambos diarios continuaron con el tema en los días sucesivos. En el caso de Página12, con una nota sobre los rechazos al fallo, principalmente desde la sociedad civil. Clarín, por su parte, publicó una nota de opinión al respecto.  
 
En las notas se remarca con acierto lo absurdo del requisito frente a la imposibilidad de la constatación de la violación y la, aún peor, degradación de la dignidad de la mujer frente a un sistema que parte de un presupuesto de descreimiento hacia su palabra.  

 

 
 

Volver