El juez del avenimiento continuará en su cargo
 
Carlos Flores, el juez pampeano acusado por mal desempeño de sus funciones en el caso de Carla Figueroa, fue absuelto por el jury de enjuiciamiento.

Por cuatro votos contra uno, el jury de enjuiciamiento realizado contra el juez pampeano Carlos Flores, lo absolvió por considerar que actuó en forma negligente pero aislada, sin faltas reiteradas, por lo tanto no correspondía destituirlo.
 
 

Los cuatro medios monitoreados, Clarín, Crónica, La Nación y Página12 informaron sobre la absolución de Flores, acusado de mal desempeño de sus funciones por autorizar la libertad de un hombre que estaba preso por violar a su esposa bajo la figura de avenimiento, que permitía la suspensión de la pena sujeto a la aprobación judicial. A la fecha de este caso, en diciembre de 2011, la figura del avenimiento estaba vigente de acuerdo con el Código Penal, como explica La Nación en el breve que publicó. Pocos días después de ser liberado, el hombre mató a su esposa, delante del hijo de ambos. Al reanudarse las sesiones ordinarias del Congreso Nacional en marzo de 2012, el Congreso derogó esa controversial figura.
 
 

Luego del femicidio de Carla Figueroa, se pidió el juicio político de Carlos Flores y Gustavo Jensen, integrantes del Tribunal de Impugnación Penal que había acordado la liberación de Tomaselli. Pero Jensen apuró su jubilación y el único que debió pasar por el proceso de jury fue Flores.

El jurado que absolvió a Flores estuvo compuesto por los diputados Martín Berhongaray (FrePam-UCR) y María Silvia Larreta (PJ); los abogados Sergio Escudero y Ana Bonaveri y el titular del Superior Tribunal de Justicia, Eduardo Fernández Mendía.
 
 

Según Página12, el principal argumento esgrimido en los votos absolutorios, es que el artículo 22, inciso primero de la Ley 313, indica que un juez puede ser apartado por mal desempeño "por incompetencia o negligencia reiterada, demostrada en el ejercicio del cargo". Sin embargo, pese a algunas críticas realizadas sobre Flores, sólo la diputada Larreta estimó que se cumplía la causal de incompetencia; para el resto del jurado hubo negligencia, pero no fue reiterada.
 
 


La decisión del jurado no fue bien recibido por diferentes organizaciones que luchan por los derechos de las mujeres, algunas de las cuales se encontraban presentes cuando se dio a conocer la decisión. Sin embargo, cabe destacar que más allá de la negligencia con la que Floren y Jensen evaluaron el caso de Figueroa, desconociendo el impacto de los ciclos de la violencia en las vidas de las mujeres, el mayor problema fue que una figura tan retrograda como el avenimiento todavía estuviera vigente. Gracias a la pronta reacción del Congreso Nacional, este ya no será un elemento que atente contra los derechos de las mujeres.


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